Cancelación de Deportación (42A y 42B)

Un camino para quedarse, incluso en procedimientos de deportación
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Abogados De Cancelación de Deportación (42A y 42B) En Florida

Una Segunda Oportunidad Para Los Residentes Legales Y No Legales Que Enfrentan La Deportación

Si se enfrenta a una posible deportación de los Estados Unidos, puede ser elegible para la Cancelación de Deportación, un recurso legal que puede permitirle permanecer en los EE. UU. y, en algunos casos, incluso obtener la residencia permanente legal. En Caballero & Fernandez de Avila, P.A. trabajamos tanto con residentes permanentes legales (LPR) como con residentes no permanentes para buscar alivio bajo esta importante forma de protección migratoria.


Existen dos tipos de cancelación de expulsión:

  • 42A: Para residentes permanentes legales (titulares de tarjeta verde)
  • 42B: Para personas sin estatus migratorio legal


Cada uno tiene diferentes requisitos y estándares de elegibilidad, pero ambos son decididos por un juez de inmigración en procedimientos de deportación.

 Llame a Caballero & Fernandez de Avila, P.A. al 855-768-0997 para programar una consulta con un abogado hoy.

42A – Para residentes permanentes legales

Si usted es un residente permanente legal que enfrenta la deportación debido a una condena penal u otro problema, la Cancelación de Deportación para LPR (42A) puede permitirle conservar su tarjeta verde y permanecer en los EE. UU.


Para calificar bajo el artículo 42A, generalmente debe demostrar:

  • Ha tenido una tarjeta verde durante al menos 5 años
  • Ha vivido en los EE. UU. de forma continua durante 7 años después de haber sido admitido en cualquier estado
  • No ha sido condenado por un delito grave agravado
  • Mereces alivio como cuestión de discreción.


Ayudamos a nuestros clientes a presentar su historial completo y sus contribuciones a sus comunidades, a la vez que abordamos las causas legales de deportación y cualquier antecedente penal o migratorio. Un caso sólido y bien documentado puede marcar una diferencia significativa en su audiencia.

42B – Para Residentes No-Permanentes

Para las personas sin estatus migratorio legal, la Cancelación de Deportación para No Residentes Permanentes Legales (42B) puede ser una vía para evitar la deportación y obtener la residencia permanente. Este alivio es limitado y competitivo, ya que los jueces de inmigración solo pueden aprobar un número determinado de solicitudes 42B al año.


Para calificar según el artículo 42B, normalmente debe demostrar:

  • Al menos 10 años de presencia física continua en los EE. UU.
  • Buen carácter moral durante esa época
  • No ha sido condenado por ciertos delitos descalificatorios
  • Su deportación causaría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales a su cónyuge, hijo o padre que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente


Este tipo de caso requiere una preparación cuidadosa, ya que el estándar de dificultad es alto y debe estar respaldado por documentación y testimonios sólidos.


En Caballero & Fernandez de Avila, P.A. trabajamos en estrecha colaboración con nuestros clientes para prepararnos para el tribunal de inmigración, reunir la evidencia necesaria y presentar argumentos convincentes para obtener alivio, ya sea que usted sea titular de una tarjeta verde o alguien que ha vivido en los EE. UU. durante años sin estatus.

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