Exenciones de inadmisibilidad

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Abogados De Exenciones de inadmisibilidad En Florida

¿Qué Es Una Exención De Inadmisibilidad?

Si un oficial de inmigración le ha informado que no es admisible en los Estados Unidos, es importante que sepa que aún tiene varias opciones disponibles. En Caballero & Fernandez de Avila, P.A. nos dedicamos a trabajar estrechamente con usted y su familia para guiar el complejo proceso de solicitud de una exención de inadmisibilidad. Nuestro equipo le ayudará a comprender las diversas dificultades que su familiar residente o ciudadano estadounidense podría enfrentar si no se le permite vivir en Estados Unidos.


Esta exención, comúnmente conocida como "exención por dificultades", es un aspecto crucial de la ley de inmigración estadounidense. Permite a las autoridades migratorias considerar las dificultades emocionales, físicas y financieras que su familia podría experimentar como resultado directo de su ausencia. Estamos aquí para ayudarle a presentar un caso convincente que enfatice estas dificultades para aumentar sus posibilidades de obtener un resultado favorable. Con nuestro apoyo, podrá sentirse más seguro al afrontar esta difícil situación.

 Llame a Caballero & Fernandez de Avila, P.A. al 855-768-0997 para programar una consulta con un abogado hoy.

Exenciones Por Dificultades I-601 y I-601A

Si su inadmisibilidad se debe a presencia ilegal en Estados Unidos, fraude o tergiversación, o delitos que impliquen depravación moral, será esencial que solicite una exención por dificultades económicas (I-601 o I-601A). El proceso de exención puede ser particularmente complejo y abrumador, especialmente considerando que estos casos se relacionan directamente con violaciones de la ley estadounidense. Para superar este proceso con éxito, debe demostrar no solo las dificultades significativas que su familiar sufriría como resultado de su inadmisibilidad, sino también presentar una razón convincente y persuasiva para que el gobierno estadounidense le ofrezca perdón por las acciones que llevaron a su situación actual. El nivel de dificultades que debe demostrar puede variar desde dificultades extremas hasta lo que se denomina "extraordinario y extremadamente inusual", y varía según las circunstancias únicas de su caso.


En Caballero & Fernandez de Avila, P.A. nos dedicamos a trabajar estrechamente con nuestros clientes para afrontar estos complejos desafíos y lograr el mejor resultado posible para sus casos. No dude en contactarnos hoy mismo para programar una consulta y descubrir cómo podemos ayudarle en este asunto crucial.

Exenciones De Inadmisibilidad J-1

Si ha residido en EE. UU. con una visa J-1 (como investigador, profesor, estudiante, participante de un intercambio cultural, au pair, consultor gubernamental o a través de otro programa), es posible que deba regresar a su país de origen durante dos años antes de poder obtener la tarjeta de residencia permanente. Sin embargo, si tiene familiares cercanos que sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y necesiten que permanezca en Estados Unidos, puede solicitar una exención de inadmisibilidad J-1.


Si bien el estándar de aprobación se considera “excepcional”, en el equipo de Caballero & Fernandez de Avila, P.A.  revisaremos cuidadosamente su situación para determinar si las circunstancias de su familia cumplen con este requisito. De ser así, trabajaremos diligentemente para preparar un caso sólido que respalde su solicitud de exención. Contacte a nuestro equipo legal hoy mismo para hablar sobre sus opciones.

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¿Tiene Preguntas Sobre Inmigración?

 Si usted o un ser querido necesita ayuda para navegar el proceso de inmigración, llame a Caballero & Fernandez de Avila, P.A. 24/7 al 855-768-0997 hable con un abogado con experiencia.